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Precios de Hoy

IRAV o IPC: cuál se aplica a tu contrato

Se aplica el índice que diga tu contrato (normalmente el IPC), pero en los alquileres de vivienda la subida nunca puede pasar del IRAV. Si el contrato no dice qué índice usar, se aplica el IRAV; si no dice nada de actualizar, la renta no sube.

Calcula tu renta nueva

Según lo que diga tu contrato

Tu contrato dice…Qué se aplica (vivienda)
«Se actualiza con el IPC»El IPC, pero como mucho el IRAV (en septiembre de 2026: IPC 4,9 %, IRAV 2,54 %)
«Se actualiza con el IRAV»El IRAV
Habla de actualizar, pero no dice el índiceEl IRAV desde el 8 de octubre de 2026 (antes, el IGC, que nunca pasa del 2 %)
No dice nada de actualizarNo se actualiza

Según cuándo lo firmaste

Desde el 26 de mayo de 2023: el IRAV es el límite desde que existe (actualizaciones de 2025 en adelante).

Antes del 26 de mayo de 2023: hasta el 7 de octubre de 2026 mandaba lo que dijera el contrato. Desde el 8 de octubre de 2026 también tienen el IRAV como límite.

El tope del 2 % hasta 2027

Entre el 8 de octubre de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, si casero e inquilino no pactan otra subida, la renta de una vivienda no puede subir más del 2 %. Si la renta supera el índice de precios de referencia de su zona tensionada, no puede subir nada. Lo dice el Real Decreto-ley 29/2026, que está pendiente de que el Congreso lo convalide: si no se convalida, actualizaremos esta página.

Detalle completo de cada caso, con la norma de cada uno: cuánto pueden subir el alquiler en 2026.

Preguntas frecuentes

Mi contrato dice «se actualizará según el IPC». ¿Qué pasa si el IPC es mayor que el IRAV?

Sube como mucho el IRAV. Además, entre el 8 de octubre de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, si no pactáis otra cosa, la subida no puede pasar del 2 % (Real Decreto-ley 29/2026, pendiente de convalidación).

Mi contrato no dice nada de actualizar la renta. ¿Me la pueden subir?

No. Según el artículo 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, sin pacto expreso no hay actualización.

¿Y si es un local o un alquiler de temporada?

Los locales se rigen por lo que diga el contrato, sin el límite del IRAV. Los alquileres de temporada firmados antes del 8 de octubre de 2026, también. Los de vivienda temporal firmados después tienen los límites de la vivienda.