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Precios de Hoy

¿Cuánto sube tu alquiler este año?

El último IRAV publicado por el INE es el de septiembre de 2026: 2,54 %. Hasta el 31 de diciembre de 2027, si casero e inquilino no pactan otra cosa, el alquiler de vivienda puede subir como mucho un 2 %.

El tope del 2 % viene del Real Decreto-ley 29/2026, en vigor desde el 8 de octubre de 2026 y pendiente de que el Congreso lo convalide. Si no se convalida, las reglas cambian y actualizaremos la calculadora ese mismo día.

El mes en que el contrato cumple año.

¿Qué dice tu contrato sobre la subida?
Más datos (opcional)

Cómo se calcula

La renta solo se puede actualizar cuando el contrato cumple año, con el último índice que el INE haya publicado ese día. Multiplicamos tu renta por la variación del índice de tu contrato y aplicamos los límites de la ley: el IRAV para la vivienda y, entre el 8 de octubre de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, un máximo del 2 % si no hay un nuevo pacto.

Los locales y los contratos de temporada firmados antes del 8 de octubre de 2026 se rigen por su contrato, sin topes. Si tu caso no está claro, te lo decimos en vez de darte una cifra que podría no ser la buena.

. Fuente: Instituto Nacional de Estadística (INE).

Preguntas frecuentes

¿Cuánto me pueden subir el alquiler ahora?

Depende de tu contrato y de la fecha en que cumple año. Para la vivienda, desde el 8 de octubre de 2026 la subida sin un nuevo pacto no puede pasar del 2 % hasta el 31 de diciembre de 2027 (Real Decreto-ley 29/2026, pendiente de convalidación), y nunca del IRAV, que en septiembre de 2026 es del 2,54 %. Si la renta supera el índice de precios de referencia de tu zona, no puede subir.

¿Se actualiza con el IRAV o con el IPC?

Con el índice que diga tu contrato, que suele ser el IPC, pero con el IRAV como límite. Si el contrato habla de actualizar sin decir con qué índice, la ley manda el IRAV. Si no dice nada de actualizar, la renta no se actualiza.

¿Desde cuándo se paga la renta nueva?

Desde el mes siguiente a aquel en que el casero lo comunica por escrito, indicando el porcentaje. Vale una nota en el recibo del mes anterior. Si avisa tarde, la subida no se cobra con efecto retroactivo.